Cambios en el IRPF: venda antes de final de año
Aumento para rentas altas
Proyecto de presupuestos. Si el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 sale adelante en su redacción actual, a partir del año próximo aumentarán los tipos de gravamen aplicables en el IRPF sobre las rentas más altas (tanto si se trata de rentas que tributan en la base general como de rentas que tributan en la base del ahorro):
- Base del ahorro. Cuando la base liquidable del ahorro supere los 200.000 euros, el exceso sobre dicho importe tributará a un tipo del 26% (en lugar del 23% actual).
- Base general. Por otro lado, cuando la base liquidable general supere los 300.000 euros, el tipo de gravamen aplicable sobre el exceso aumentará en dos puntos porcentuales. ¡Atención! En general, ello implicará un tipo marginal del 47%, en lugar del 45%.
Ventas previstas. Ante este cambio, aquellas personas que tengan previsto vender un inmueble u otro tipo de bienes (como, por ejemplo, acciones) que les vayan a reportar ganancias superiores a 200.000 euros, deberían plantearse anticipar dichas ventas y realizarlas antes de fin de año. Apunte. Asimismo, los empresarios personas físicas con rendimientos netos anuales superiores a 300.000 euros pueden estar interesados en adelantar a diciembre ventas que tengan previstas para inicios de 2021, para así incluirlas en el IRPF de 2020 y reducir su tributación.
Ejemplos
Ganancia patrimonial. Una persona física va a vender por 600.000 euros un solar que adquirió en el año 1995 por 210.000. Dado que la ganancia patrimonial obtenida tributará como renta del ahorro (cuyo tipo marginal está previsto que aumente en tres puntos), vea la diferencia de cuota a pagar por el IRPF según en qué año se formalice la venta:
Concepto | Venta en 2020 | Venta en 2021 |
Ganancia a declarar | 390.000 | 390.000 |
Cuota IRPF (1) | 88.580 | 94.280 |
Ahorro por vender antes | 5.700 |
- En 2020, las rentas de la base del ahorro tributan al 19% los primeros 6.000 euros, al 21% los siguientes 44.000 euros y al 23% lo que exceda de 50.000 euros. En 2021, los primeros 6.000 euros tributan al 19%, los siguientes 44.000 euros al 21%, los siguientes 150.000 al 23%, y lo que exceda de 200.000 euros al 26%.
Rendimientos actividad. Una persona física desarrolla una actividad económica que le reporta 400.000 euros de rendimientos cada año. Si adelanta a diciembre de 2020 una venta que le va a reportar unos rendimientos netos de 50.000 euros (y que iba a efectuar en enero de 2021), reducirá su cuota de IRPF en 1.000 euros (el 2% de 50.000):
Concepto | No hace nada | Adelanta la venta | ||
2020 | 2021 | 2020 | 2021 | |
Base | 400.000 | 400.000 | 450.000 | 350.000 |
IRPF (1) | 169.362 | 171.362 | 191.862 | 147.862 |
IRPF total (1) | 340.724 | 339.724 |
- Declaración individual con dos hijos a cargo.
Pagará antes. En ambos casos se estará adelantando un año el pago a Hacienda (22.500 euros en el caso 2 –la diferencia entre 191.862 y 169.362 euros– y 88.580 euros en el caso 1). Apunte. Tenga en cuenta, por tanto, el coste financiero que le puede suponer ese anticipo: si puede invertir esas sumas y conseguir en un año una rentabilidad superior al ahorro obtenido, no le saldrá a cuenta adelantar ninguna venta (aunque, con unos tipos de interés como los actuales, será difícil encontrar una rentabilidad prevista superior al ahorro conseguido).
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