Gastos hipotecarios II

También los gastos de gestoría

Los tribunales han dictaminado que el consumidor también puede reclamar al banco el 100% de los gastos de gestoría abonados al firmar la hipoteca.
 
Gastos. En las hipotecas anteriores a la entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario (el 16 de junio de 2019) era habitual que el consumidor pagase todos los gastos, pues el banco incorporaba una cláusula que le obligaba a ello. Apunte. No obstante, los tribunales dictaminaron que esas cláusulas son nulas, y que el consumidor podía recuperar el 100% de los gastos registrales y el 50% de los gastos de notario y gestoría (el AJD iba a cargo del cliente).

Sentencia. Pues bien, respecto a los gastos de gestoría (para tramitar la escritura de hipoteca), tenga en cuenta:

  • El Tribunal Supremo consideró que debían repartirse al 50% entre el banco y el cliente, ya que ambos se beneficiaban del servicio.
  • Sin embargo, el mismo tribunal ha establecido finalmente que es el banco el que debe pagar el 100% de los gastos de gestoría [TS 26-10-2020] . Apunte. Una vez anulada la cláusula de gastos, no hay ninguna ley que obligue al consumidor a pagar dichos gastos, siendo el banco el que debe abonarlos en su totalidad.

Reclamación. Por tanto, si usted o alguno de sus clientes se plantean reclamar la devolución de los gastos hipotecarios, incluya también en su reclamación (además del 100% de los gastos de registro y del 50% de los de notario) el 100% de los gastos de gestoría.

¿Y los gastos de tasación? Aunque el Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado en el mismo sentido respecto a los gastos de la tasación, cabe esperar que aplique el mismo criterio y permita reclamar al consumidor el 100% de dichos gastos. 

Apunte. En este caso el argumento sería el mismo: tampoco había ninguna ley que obligase al consumidor a pagar la tasación (de hecho, algunos tribunales ya están aplicando este criterio).

Si va a reclamar al banco la devolución de los gastos hipotecarios, incluya también el 100% de los gastos de gestoría, pues el Tribunal Supremo así lo ha establecido.
 
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